LA INDIFERENCIA DEL CONSISTORIO DE STA. EULÀRIA D’ES RIU HACIA LOS CIUDADANOS Y LOS VETERINARIOS, INVENTANDO UN CENSO INNECESARIO

UNA ORDENANZA INEFICIENTE QUE NO SOLUCIONA EL PROBLEMA, QUE PENALIZA A QUIEN CUMPLE LA LEY, QUE OBVIA LA YA REGULADA IDENTIFICACIÓN POR MICROCHIP E IGNORA LAS PROPUESTAS DE LOS PROFESIONALES VETERINARIOS

Como todos sabemos, este martes 18 de octubre, el departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Santa Eulària d’es Riu (Ibiza), ha iniciado la elaboración del censo municipal de ADN de perros según la Ordenanza Municipal sobre Tenencia, Protección y Bienestar de Animales del municipio de Santa Eulària des Riu, publicada en el BOIB con fecha 4 de agosto de 2022, que establece la obligación de identificar mediante un análisis de ADN a todos los perros del municipio.

Tan solo y ya de base, desde el momento en que en la comunidad autónoma de les Illes Balears y desde hace décadas, es obligatorio por ley el uso del microchip en perros como medio de identificación, se antoja cuanto menos «pintoresco» el invento de un nuevo medio de identificación, lo que duplica sin necesidad un proceso legislado, normalizado y funcional y nos hace preguntarnos si no hay temas más urgentes y de mayor calado para invertir el dinero de los contribuyentes.

Y sí, claro, todos somos conscientes del problema de las heces de los perros en la vía pública y nosotros los veterinarios lo tenemos muy claro, sin embargo esta ordenanza destila preguntas de interés y respuesta dudosa como ¿quién asegura que el depósito de las heces analizadas lo ha realizado el propietario del animal identificado y no un tercero, sin entrar en motivos ajenos? Porque no olvidemos que la prohibición no afecta a las deposiciones de los perros, hecho inevitable, sino al abandono de las mismas por parte de sus propietarios.

Este hecho anticipa un escenario donde la desestimación del 99% de las sanciones impuestas, al no poder demostrarse la autoría del propietario en el momento de su comisión, es más que probable.

Por otra parte, ¿por qué esta normativa penaliza a quienes cumplen rigurosamente con la ley y deja fuera de escenario a quienes, simplemente viniendo de otro municipio e incluso del extranjero, situación harto recurrente tratándose de Eivissa, la obvian por completo haciendo que en breve espacio de tiempo, esta ordenanza sea inoperante?

Hablando ya desde la perspectiva de la indiferencia del Ayuntamiento hacia las propuestas de CEVE Balears, se antoja preocupante el hecho de que se siga publicando normativa con errores por obviar de forma recurrente, la colaboración y acompañamiento de los interlocutores sociales.

No olvidemos que la representatividad no es de la asociación territorial sino de la patronal nacional, con que el argumento de «que representa a unos 50 empresarios de Baleares» se reduce a una estrategia de marketing de guerrilla, al igual que el tan manido «se ha invitado a los veterinarios del municipio», adoleciendo estos comentarios de conciencia sobre la representatividad de dichos interlocutores sociales y su relación orgánica con las administraciones.

Se olvidan intencionadamente de que una patronal es el representante legal de todo un sector en su conjunto y no solo de las empresas asociadas.

Es un insulto a la inteligencia obviar los conocimientos sobre estos asuntos que tienen los veterinarios que además, de entre los miembros de esta asociación, cuentan con algunos investigadores de prestigio en genética.

El hecho que el consistorio aporte un número de 4.000 animales argumentando que bonificará a unos 2.000, da muestra que el censo ya existe y que, a partir de aquí, no tiene sentido alguno volver a censar.

También llama mucho la atención que se tilde como campaña de sensibilización y prevención cuando el objetivo es sancionar a quienes no cumplan con lo ordenado. Sensibilización y prevención son educación, no imposición y sanción que es lo que deriva de la ordenanza.

Y es de agradecer que resalten lo injusto que es para los propietarios que cuidan bien a sus mascotas y que son la mayoría, que haya deposiciones de perros en las calles, porque son ellos, precisamente, los más perjudicados por la ordenanza. Estamos ante un escenario donde están convirtiendo en parte del problema a quienes lo sufren.

Y por aludir a comentarios publicados en cuanto a las camada abandonadas o las muestras de saliva, poco hay que decir sobre el erróneo planteamiento ya que, y solo por citar las primeras, es imposible identificar fehacientemente las madres de camadas abandonadas si estas mismas provienen de camadas de gemelos, con lo cual no se puede saber quién es la madre. Lo de la saliva lo dejamos para nuestros expertos en genética.

En cuanto a la mejora en implantación nacional, referenciamos de nuevo el ejemplo de Málaga donde sobre 152.183 perros se tomaron menos de 1.000 muestras (0,07 de la población) y sobre ellas solo se pusieron 103 sanciones. Los números hablan por sí solos.

Aún con todo ello, lo que contemplamos como grave es que no hayan contemplado ninguna de las propuestas de modificación de la ordenanza, considerando de gravedad los errores que de base presenta la misma, los cuáles han sido destacados y acompañados de nuevas propuestas de redacción en un documento enviado al ayuntamiento de Sta. Eulària des Riu, haciendo caso omiso y siguiendo con el proceso, como si no fuese con nadie más.

Y de nuevo surgen preguntas, ¿realmente alguien considera que el Ayuntamiento decida cuál es el precio que un profesional empresario veterinario debe cobrar por un servicio, aunque éste derive de normativa? ¿Y cómo se interpreta que a los profesionales que participen en la extracción de ADN se les exija por norma estar colegiado en un colegio con el que el Ayuntamiento esté conveniado?

Y en relación al libre mercado y su distorsión, ¿tiene alguna explicación que se imponga un único y exclusivo laboratorio de análisis de ADN, impidiéndose la participación de otros proveedores de este servicio, lo que provocaría una competencia que redundaría en un mejor aprovechamiento de los recursos públicos?

Cuesta percibir el sentido real de esta norma cuando no trascienden argumentos centrados en la solución de un problema sino en llevar a cabo acciones que ya están legisladas, como la identificación animal y en desfallecer ante un control real cuando en una estación que abarca casi la mitad del año, la afluencia a los municipios de personas con mascotas puede superar con creces a la de los residentes.

Y una vez más se vuelve a confundir el ejercicio profesional veterinario con la actividad económica veterinaria, siendo un grave error de percepción que debe dejar de repetirse ya que es una de las razones por las que obvian nuestra participación en sus procesos normativos, lo que unido a exigencias como la de colegios conveniados, construyen una norma claramente discriminatoria, innecesaria y desproporcionada, incidiendo además en el libre mercado y el acceso a servicios.

Para terminar reunimos que la indiferencia sobre la participación de los interlocutores sociales en los procesos de redacción, la casi imposibilidad cierta de saber si el propietario del animal ha abandonado las heces, la ausencia total de control sobre la población de animales no censados en casi la mitad del año, la inmersión en aspectos empresariales ajenos por completo a las funciones públicas y los errores en la ordenanza misma, define un marco que hace que los veterinarios de Sta. Eulària d’es Riu sigan negando su colaboración ante dicha ordenanza.

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